Lima,
07 de junio de 2023
INFORMACIÓN Y RECTIFICACIÓN
Quienes
han estudiado periodismo o ciencias de la comunicación, conocen que
en las enseñanzas que se les han impartido, no siempre bien
aprendidas, se encuentran los aspectos éticos de tal profesión,
sobre todo vinculados con la verdad.
La comunicación a través
de la prensa, por lo menos los legos, tenemos la impresión que tiene
dos vertientes, una en la opinión, que por supuesto tiene que ser
sin agravios, insultos ni diatribas. La otra es la información, en
que el periodista y su medio tienen la obligación de ser veraces,
esto es informar con la verdad, pues la mentira puede perjudicar y
dañar gravemente honras, reputación, prestigio y buen nombre.
No
requerimos siquiera entrar a las normas legales, nacionales o
internacionales, para saber que el criterio de la verdad no solo es
derecho del que informa, sino su obligación. Lo encontramos señalado
en los tratados sobre Derechos Humanos como también en la
Declaración de Chapultepec, sin olvidar las disposiciones de las
relatorías de libertad de prensa de la ONU y OEA entre otras.
Como
informar es obra humana, está sujeta al error y por ello, si en la
prensa se ha incurrido en alguna equivocación, tanto el periodista
informador como el medio que la alberga, tienen la obligación moral
de hacer la rectificación una vez enterado del error.
La
rectificación no puede esperar, debe existir inmediatez. El correr
del tiempo va reforzando como cierta la información errada, siendo
ello contraproducente y dañino para el afectado. La rectificación y
las disculpas no desmerecen a quien la hace sino lo enaltecen
Para
cumplir con el precepto ético aludido, no debería requerirse ni la
remisión de cartas notariales ni que el juez lo ordene, bastaría la
simple verificación del periodista y su medio, respecto al
error.
Pese a todo lo expuesto hay medios y periodistas, incluso
los que fungen de tales, que irresponsablemente son reincidentes o
reiterantes en tan mala práctica, que incluso podría conducirlos a
ser considerada su acción como difamación, injuria o calumnia, que
son delitos.
Como un ejemplo o imagen pueden valer más que mil
explicaciones, recurro a un solo ejemplo. En los cortos días de
noviembre de 2020 que ejerció la Presidencia de la República Manuel
Merino, se dijo que habíamos incurrido en grave falta, al haberse
otorgado a una empresa vinculada con la más antigua empresa de
telefonía del país, una indebida concesión de Internet, como si
ello fuese un acto reñido con la ley y las buenas prácticas
públicas.
La concesión fue otorgada por R.M. de Transportes y
Comunicaciones, con la que nada tenían que ver los demás ministros
y, como acreditó el titular del Sector, en dicho momento contaba con
los informes favorables y era un tema regular. Tan regular fue
que hay 1198 concesiones otorgadas, de las cuales 385 correspondían
al servicio de Internet, 37 son del año 2019, 44 del 2020, 106 del
2021 y muchos más después. Ha pasado más de dos años y medio y el
infractor ni una línea de rectificación.